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law_title: "Ley De Los Derechos De Las Personas Adultas Mayores"
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# Ley De Los Derechos De Las Personas Adultas Mayores - Artículo 30

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
- CAPÍTULO II - DE SU GOBIERNO, ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA

```text
Artículo 30. El Consejo Directivo es el órgano de gobierno del Instituto y responsable de la planeación y el diseño específico de las políticas públicas anuales que permitan la ejecución transversal a favor de las personas adultas mayores. Estará integrado por los titulares de las siguientes dependencias:

a. 	Secretaría de Desarrollo Social, quien fungirá como Presidente.

b. 	Secretaría de Gobernación.

c. 	Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

d. 	Secretaría de Educación Pública.

e. 	Secretaría de Salud.

f. 	Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

g. 	Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

h. 	Instituto Mexicano del Seguro Social.

i. 	Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;
Inciso reformado DOF 17-12-2015

j. 	Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes;
Inciso adicionado DOF 25-04-2012. Reformado DOF 17-12-2015, 14-06-2024

k. 	Secretaría de Cultura, y
Inciso adicionado DOF 17-12-2015. Reformado DOF 14-06-2024

l. 	Comisión Nacional de Vivienda.
Inciso adicionado DOF 14-06-2024

Los representantes propietarios designarán a sus suplentes, quienes deberán tener un nivel mínimo de Director General.
```

## Resumen corto

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Regla de LDPAM sobre competencia de autoridades: El Consejo Directivo es el órgano de gobierno del Instituto y responsable de la planeación y el diseño específico de las políticas públicas anuales que permitan la...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El Consejo Directivo es el órgano de gobierno del Instituto y responsable de la planeación y el diseño específico de las políticas públicas anuales que permitan la ejecución transversal a favor de las personas adultas mayores.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 30 LDPAM, competencia de autoridades, artículo 30 ley de los derechos de las personas adultas mayores, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LDPAM, Personas adultas mayores, Instituto, Comisión u órgano colegiado, Secretaría de Gobernación, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Cultura

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 30 de LDPAM.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado
- Secretaría de Gobernación
- Secretaría de Educación Pública
- Secretaría de Cultura
- Secretaría de Salud

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Personas adultas mayores | Aquellas que cuenten con sesenta años o más de edad y que se encuentren domiciliadas o en tránsito en el territorio nacional | 3o |
| Instituto | Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores | 3o |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 30 de LDPAM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El Consejo Directivo es el órgano de gobierno del Instituto y responsable de la planeación y el diseño específico de las políticas públicas anuales que permitan la ejecución transversal a favor de las personas adultas mayores.

### ¿Para qué sirve artículo 30?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ldpam.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LDPAM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LDPAM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
