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law_title: "Ley De Desarrollo Rural Sustentable"
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# Ley De Desarrollo Rural Sustentable - Artículo 122

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DEL FOMENTO AGROPECUARIO Y DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
- CAPÍTULO XI - Del Sistema Nacional de Financiamiento Rural

```text
Artículo 122.- La Comisión Intersecretarial, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con la colaboración de los gobiernos de las entidades federativas, podrá participar en el establecimiento de fondos a fin de apoyar:

I. 	La capitalización de iniciativas de inversión de las organizaciones económicas de los productores;

II. 	La formulación de proyectos y programas agropecuarios, forestales y de desarrollo rural de factibilidad técnica, económica y financiera;

III. 	El otorgamiento de garantías para respaldar proyectos de importancia estratégica regional; y

IV. 	El cumplimiento de los programas y apoyos gubernamentales a que se refieren las fracciones anteriores.
```

## Resumen corto

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Regla de LDRS sobre competencia de autoridades: La Comisión Intersecretarial, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con la colaboración de los gobiernos de las entidades federativas, podrá...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Comisión Intersecretarial, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con la colaboración de los gobiernos de las entidades federativas, podrá participar en el establecimiento de fondos a fin de apoyar:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 122 LDRS, competencia de autoridades, artículo 122 ley de desarrollo rural sustentable, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LDRS, Comisión Intersecretarial, Entidades Federativas, Secretaría, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 122 de LDRS.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Comisión Intersecretarial | La Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable | 3o |
| Entidades Federativas | Los estados de la federación y el Distrito Federal | 3o |
| Secretaría | La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | 3o |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 122 de LDRS?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Comisión Intersecretarial, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con la colaboración de los gobiernos de las entidades federativas, podrá participar en el establecimiento de fondos a fin de apoyar:

### ¿Para qué sirve artículo 122?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ldrs.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LDRS.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LDRS.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
