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law_title: "Ley De Desarrollo Sustentable De La Cafeticultura"
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# Ley De Desarrollo Sustentable De La Cafeticultura - Artículo 31

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - Del fomento y desarrollo de la cafeticultura
- CAPÍTULO II - Investigación, capacitación y asistencia técnica cafetalera

```text
Artículo 31. La Secretaría, en coordinación con la Comisión, el Comité Nacional Sistema Producto Café e instituciones de investigación, docencia y enseñanza, así como con las organizaciones nacionales productivas, elaborará un plan específico de investigación, capacitación, asistencia técnica y de difusión cafetalera, con objeto de mejorar la utilización de las áreas dedicadas al cultivo del café, de conformidad con la disponibilidad presupuestal.
Las acciones de investigación, capacitación y asistencia técnica para poner en práctica las acciones establecidas en el plan específico de investigación, capacitación, asistencia técnica y de difusión cafetalera serán las siguientes:
I.	Establecer un modelo de investigación e innovación en la producción primaria y la generación de productos finales;
II.	Desarrollar la investigación, validación y transferencia de tecnología y realizar las validaciones de acuerdo con lo establecido en las leyes y normas oficiales respectivas;
III.	Proporcionar asistencia técnica a las personas productoras en las diversas etapas de la actividad cafetalera;
IV.	Organizar servicios orientados al mejoramiento de la productividad, control de calidad y catación;
V.	Mantener en forma actualizada los estudios de precios de los mercados internacionales, según las variedades de café mexicano;
VI.	Promover que la asistencia técnica llegue a las personas productoras en forma eficiente;
VII.	Coordinar con organismos especializados el cuidado y preservación del medio ambiente, así como la realización de monitoreos periódicos que evalúen los impactos y contribuciones ambientales de la producción cafetalera;
VIII.	Promover la creación de incentivos de mercado a las personas cafetaleras que alcancen niveles de calidad y sostenibilidad ecológica, de acuerdo con las normas determinadas mediante estudios técnicos, y
IX.	Apoyar y promover a las instituciones privadas que contribuyan al desarrollo tecnológico de la actividad cafetalera.
```

## Resumen corto

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Regla de LDSC sobre competencia de autoridades: La Secretaría, en coordinación con la Comisión, el Comité Nacional Sistema Producto Café e instituciones de investigación, docencia y enseñanza, así como con las...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Secretaría, en coordinación con la Comisión, el Comité Nacional Sistema Producto Café e instituciones de investigación, docencia y enseñanza, así como con las organizaciones nacionales productivas, elaborará un plan específico de investigación...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 31 LDSC, competencia de autoridades, artículo 31 ley de desarrollo sustentable de la cafeticultura, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LDSC, Comisión, Secretaría, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 31 de LDSC.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Comisión | Comisión Nacional para el Desarrollo de la Cafeticultura Mexicana | 3 |
| Secretaría | Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 31 de LDSC?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Secretaría, en coordinación con la Comisión, el Comité Nacional Sistema Producto Café e instituciones de investigación, docencia y enseñanza, así como con las organizaciones nacionales productivas, elaborará un plan específico de investigación...

### ¿Para qué sirve artículo 31?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ldsc.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LDSC.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LDSC.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
