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law_title: "Ley De Desarrollo Sustentable De La Cafeticultura"
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# Ley De Desarrollo Sustentable De La Cafeticultura - Artículo 72

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEXTO - De las importaciones y exportaciones
- CAPÍTULO I - De las importaciones

```text
Artículo 72. La Secretaría podrá colaborar con la Secretaría de Economía para:
I.	Presentar reportes e informes sobre la importación de café y sus efectos, en particular cuando existan indicios de posible existencia de prácticas desleales de comercio;
II.	Emitir opiniones técnicas sobre el comportamiento del mercado nacional e internacional del café y sus derivados, a partir del análisis de márgenes de demanda y consumo, que puedan ser consideradas por la Secretaría de Economía en el diseño de sus políticas comerciales;
III.	Proporcionar, a la Secretaría de Economía cuando lo solicite información técnica y estadística relacionada con la cadena productiva del café, para su posible consideración en procesos de modificación arancelaria o en las fracciones arancelarias aplicables, conforme a las reglas internacionales suscritas por el Estado mexicano, y
IV.	Entregar insumos técnicos y de diagnóstico a las autoridades competentes cuando así lo soliciten, sobre posibles riesgos de afectación al sector cafetalero nacional, derivados de importaciones que no cumplan con disposiciones normativas o acuerdos internacionales, sin que ello implique facultad alguna para autorizar, restringir o condicionar las importaciones.
En todo momento, la Secretaría se apoyará de las recomendaciones y opiniones emitidas por la Comisión.
```

## Resumen corto

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Regla de LDSC sobre competencia de autoridades: La Secretaría podrá colaborar con la Secretaría de Economía para:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Secretaría podrá colaborar con la Secretaría de Economía para:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 72 LDSC, competencia de autoridades, artículo 72 ley de desarrollo sustentable de la cafeticultura, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LDSC, Comisión, Secretaría, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 72 de LDSC.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Comisión | Comisión Nacional para el Desarrollo de la Cafeticultura Mexicana | 3 |
| Secretaría | Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 72 de LDSC?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Secretaría podrá colaborar con la Secretaría de Economía para:

### ¿Para qué sirve artículo 72?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ldsc.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LDSC.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LDSC.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
