# Ley Para Determinar El Valor De La Unidad De Medida Y Actualización - Artículo tercero

Clave: LDVUMA_301216
Artículo: tercero
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
tercero.
. El valor a que se refiere el transitorio anterior se actualizará conforme al procedimiento establecido en el artículo
4
de la
presente Ley
.
Ciudad de México, a 15 de diciembre de 2016.- Dip. Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente.- Sen. Pablo Escudero Morales, Presidente.- Dip. Ernestina Godoy Ramos, Secretaria.- Sen. María Elena Barrera Tapia, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo
89
de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a veintitrés de diciembre de dos mil dieciséis.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Para Determinar El Valor De La Unidad De Medida Y Actualización, artículo tercero.
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- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
