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law_title: "Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad"
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# Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad - Artículo 41

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LA ORGANIZACIÓN, INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
- Capítulo II - De la organización e integración del Consejo de Administración
- Sección Quinta - De los Comités

```text
Artículo 41.- Para el desarrollo eficiente de las actividades de la Comisión Federal de Electricidad, el Consejo de Administración cuenta con los comités que al efecto establezca y debe tener al menos los siguientes:
I.	Auditoría;
II.	Recursos Humanos, Remuneraciones y Austeridad;
III.	Estrategia e Inversiones;
IV.	Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obras;
V.	Empresas Filiales, y
VI.	Sostenibilidad.
```

## Resumen corto

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Regla de LEPECFE sobre competencia de autoridades: Para el desarrollo eficiente de las actividades de la Comisión Federal de Electricidad, el Consejo de Administración cuenta con los comités que al efecto establezca y...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Para el desarrollo eficiente de las actividades de la Comisión Federal de Electricidad, el Consejo de Administración cuenta con los comités que al efecto establezca y debe tener al menos los siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 41 LEPECFE, competencia de autoridades, artículo 41 ley de la empresa publica del estado, comision federal de electricidad, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LEPECFE, Comisión u órgano colegiado, Empresa pública del Estado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 41 de LEPECFE.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Comisión u órgano colegiado
- Empresa pública del Estado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 41 de LEPECFE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Para el desarrollo eficiente de las actividades de la Comisión Federal de Electricidad, el Consejo de Administración cuenta con los comités que al efecto establezca y debe tener al menos los siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 41?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lepecfe.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LEPECFE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LEPECFE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
