---
law_key: "LEPECFE"
law_title: "Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad"
article_key: "70"
article_label: "Artículo 70"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-70
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LEPECFE/articulo/70/"
---

# Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad - Artículo 70

<!-- mley:article law="LEPECFE" article="70" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DEL RÉGIMEN ESPECIAL
- Capítulo I - Empresas Filiales

```text
Artículo 70.- Las empresas filiales de la Comisión Federal de Electricidad deben alinear sus actividades al Programa de Desarrollo de la Comisión Federal de Electricidad y conducir sus operaciones con base en la planeación y visión estratégica y mejores prácticas que al efecto apruebe el Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad, que también debe emitir los lineamientos relativos a su evaluación y las políticas para que la Comisión Federal de Electricidad otorgue garantías a su favor, o para que aquéllas otorguen garantías a favor de la Comisión Federal de Electricidad o entre ellas mismas, así como demás aspectos necesarios para su adecuado funcionamiento.
Para efectos de transparencia y rendición de cuentas de las inversiones de la Comisión Federal de Electricidad en sus empresas filiales y en las empresas en las que mantenga alguna otra participación accionaria, directa o indirecta, el Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad, a propuesta de la persona titular de la Dirección General, debe emitir lineamientos que regulen lo concerniente al ejercicio de los derechos que como propietario o accionista correspondan a la Comisión Federal de Electricidad, la actuación de las personas empleadas o mandatarias que ejerzan los derechos correspondientes, la información que deben presentar al Consejo de Administración y los demás aspectos que el propio Consejo determine.
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LEPECFE sobre competencia de autoridades: Las empresas filiales de la Comisión Federal de Electricidad deben alinear sus actividades al Programa de Desarrollo de la Comisión Federal de Electricidad y conducir...

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las empresas filiales de la Comisión Federal de Electricidad deben alinear sus actividades al Programa de Desarrollo de la Comisión Federal de Electricidad y conducir sus operaciones con base en la planeación y visión estratégica y mejores prácticas que al...

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 70 LEPECFE, competencia de autoridades, artículo 70 ley de la empresa publica del estado, comision federal de electricidad, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LEPECFE, Comisión u órgano colegiado, Empresa pública del Estado

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 70 de LEPECFE.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Comisión u órgano colegiado
- Empresa pública del Estado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 70 de LEPECFE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las empresas filiales de la Comisión Federal de Electricidad deben alinear sus actividades al Programa de Desarrollo de la Comisión Federal de Electricidad y conducir sus operaciones con base en la planeación y visión estratégica y mejores prácticas que al...

### ¿Para qué sirve artículo 70?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lepecfe.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LEPECFE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LEPECFE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
