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law_title: "Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad"
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# Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad - Artículo 76

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DEL RÉGIMEN ESPECIAL
- Capítulo II - Remuneraciones y Austeridad

```text
Artículo 76.- La política de contratación de personal no sindicalizado debe establecer los mecanismos para que los procesos de contratación permitan realizar la selección idónea de las personas trabajadoras que cumplan con los requisitos establecidos para el desempeño de las funciones y grado de especialización.
La creación de puestos, modificaciones a la estructura organizacional y las plantillas de personas trabajadoras, transferencia de plazas y contratación o nombramiento de las personas trabajadoras de la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas filiales solo atienden a la mejor eficiencia operativa de las empresas y debe considerar los principios y lineamientos de austeridad a que se refiere la presente Ley.
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## Resumen corto

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Regla de LEPECFE sobre competencia de autoridades: La política de contratación de personal no sindicalizado debe establecer los mecanismos para que los procesos de contratación permitan realizar la selección idónea de...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La política de contratación de personal no sindicalizado debe establecer los mecanismos para que los procesos de contratación permitan realizar la selección idónea de las personas trabajadoras que cumplan con los requisitos establecidos para el desempeño de...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 76 LEPECFE, competencia de autoridades, artículo 76 ley de la empresa publica del estado, comision federal de electricidad, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LEPECFE, Comisión u órgano colegiado, Empresa pública del Estado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 76 de LEPECFE.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado
- Empresa pública del Estado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 76 de LEPECFE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La política de contratación de personal no sindicalizado debe establecer los mecanismos para que los procesos de contratación permitan realizar la selección idónea de las personas trabajadoras que cumplan con los requisitos establecidos para el desempeño de...

### ¿Para qué sirve artículo 76?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lepecfe.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LEPECFE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LEPECFE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
