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law_title: "Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad"
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# Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad - Artículo 98

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DEL RÉGIMEN ESPECIAL
- Capítulo V - Responsabilidades Administrativas

```text
Artículo 98.- Las personas servidoras públicas de la Comisión Federal de Electricidad no incurren, individual o conjuntamente, en responsabilidad por los daños o perjuicios que llegara a ocasionar a las mismas, derivados de los actos u omisiones, así como por decisiones que adopte, cuando al actuar de buena fe se actualice cualquiera de los supuestos siguientes:
I.	Cumplan con los requisitos para la aprobación de los asuntos respectivos;
II.	Tomen decisiones o voten con base en información proporcionada por las áreas responsables de acuerdo con la materia, o
III.	Hayan seleccionado la alternativa más adecuada, a su leal saber y entender, o los efectos patrimoniales negativos no hayan sido previsibles; en ambos casos, con base en la información disponible al momento de la decisión.
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## Resumen corto

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Regla de LEPECFE sobre competencia de autoridades: Las personas servidoras públicas de la Comisión Federal de Electricidad no incurren, individual o conjuntamente, en responsabilidad por los daños o perjuicios que...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las personas servidoras públicas de la Comisión Federal de Electricidad no incurren, individual o conjuntamente, en responsabilidad por los daños o perjuicios que llegara a ocasionar a las mismas, derivados de los actos u omisiones, así como por decisiones...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 98 LEPECFE, competencia de autoridades, artículo 98 ley de la empresa publica del estado, comision federal de electricidad, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LEPECFE, Comisión u órgano colegiado, Empresa pública del Estado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 98 de LEPECFE.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado
- Empresa pública del Estado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 98 de LEPECFE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las personas servidoras públicas de la Comisión Federal de Electricidad no incurren, individual o conjuntamente, en responsabilidad por los daños o perjuicios que llegara a ocasionar a las mismas, derivados de los actos u omisiones, así como por decisiones...

### ¿Para qué sirve artículo 98?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lepecfe.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LEPECFE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LEPECFE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
