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law_title: "Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos"
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# Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos - Artículo 125

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEXTO - OTRAS DISPOSICIONES

```text
Artículo 125.- La evaluación anual de Petróleos Mexicanos que realice sobre el desempeño de la empresa y de su Consejo de Administración, incluyendo sus comités, debe estar a cargo de una persona Comisaria con las funciones siguientes:
I.	Formular anualmente una evaluación global de la marcha y desempeño de Petróleos Mexicanos, que incluya un análisis sobre la situación operativa, programática y financiera de la empresa, así como de la estructura organizacional, la unidad de procesos y la estructura contable.
	El informe señalado debe presentarse a la Cámara de Diputados y a la persona titular del Ejecutivo Federal a más tardar el 30 de junio de cada año;
II.	Formular recomendaciones puntuales al Consejo de Administración y a la persona titular de la Dirección General de Petróleos Mexicanos, y
III.	Solicitar a la persona titular de la Dirección General de Petróleos Mexicanos toda la información necesaria para rendir el informe a que se refiere la fracción I anterior.
La persona Comisaria debe ser designada por la persona titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
La contratación de la persona Comisaria no puede hacerse por periodos mayores de cinco años y debe ser cubierta con cargo a Petróleos Mexicanos.
Para ser persona Comisaria se debe cumplir con los mismos requisitos establecidos para ser persona consejera independiente, así como no haber sido persona integrante del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en los cinco años previos a su designación.
```

## Resumen corto

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Regla de LEPEPM sobre competencia de autoridades: La evaluación anual de Petróleos Mexicanos que realice sobre el desempeño de la empresa y de su Consejo de Administración, incluyendo sus comités, debe estar a cargo de...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La evaluación anual de Petróleos Mexicanos que realice sobre el desempeño de la empresa y de su Consejo de Administración, incluyendo sus comités, debe estar a cargo de una persona Comisaria con las funciones siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 125 LEPEPM, competencia de autoridades, artículo 125 ley de la empresa publica del estado, petroleos mexicanos, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LEPEPM

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 125 de LEPEPM.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Plazo

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 125 de LEPEPM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La evaluación anual de Petróleos Mexicanos que realice sobre el desempeño de la empresa y de su Consejo de Administración, incluyendo sus comités, debe estar a cargo de una persona Comisaria con las funciones siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 125?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lepepm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LEPEPM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LEPEPM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
