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law_title: "Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos"
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# Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos - Artículo 8

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO PRIMERO - DE PETRÓLEOS MEXICANOS COMO EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO
- Capítulo Único - Disposiciones Generales

```text
Artículo 8.- Petróleos Mexicanos, en términos de la legislación aplicable, para el cumplimiento de su objeto puede llevar a cabo las actividades siguientes:
I.	La exploración y extracción del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, así como su recolección, procesamiento, incluido su acondicionamiento y tratamiento, compra, venta y comercialización, y las demás actividades y servicios relacionados con la cadena productiva;
II.	La refinación, transformación, transporte, almacenamiento, distribución, compra, venta, comercialización, exportación e importación de petróleo e hidrocarburos y los productos que se obtengan de su refinación o procesamiento y sus residuos, la prestación de servicios relacionados con la cadena productiva y las demás actividades del sector hidrocarburos;
III.	El procesamiento, compresión, licuefacción, descompresión y regasificación, así como la exportación, transporte, almacenamiento, distribución, comercialización y expendio al público, de gas natural;
IV.	La formulación, transporte, almacenamiento, distribución, importación, exportación, comercialización y expendio al público de petrolíferos;
V.	La importación, exportación, comercialización, el transporte y el almacenamiento de petroquímicos;
VI.	El procesamiento de gas y las actividades industriales y comerciales de la petroquímica;
VII.	El desarrollo y ejecución de proyectos de ingeniería, investigación, actividades geológicas, geofísicas, supervisión, prestación de servicios a terceras personas y todas aquellas relacionadas con la exploración, extracción y demás actividades que forman parte de su objeto, a precios de mercado;
VIII.	La investigación, desarrollo e implementación de fuentes de energía distintas a las derivadas de los hidrocarburos que le permitan cumplir con su objeto, así como la generación y comercialización de energía eléctrica conforme a las disposiciones aplicables, la implementación de instrumentos y acciones necesarios para la producción, el transporte, la distribución, la comercialización y la formulación con biocombustibles, así como el uso eficiente de energías renovables y litio, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Biocombustibles y demás leyes que resulten aplicables;
IX.	La investigación y desarrollo tecnológicos requeridos para las actividades que realice en las industrias petrolera, petroquímica y química, la comercialización de productos y servicios tecnológicos resultantes de la investigación, así como la formación de recursos humanos altamente especializados; estas actividades las puede realizar directamente, a través del Instituto Mexicano del Petróleo, o a través de cualquier tercero especializado;
X.	El aprovechamiento y administración de inmuebles, de la propiedad industrial y la tecnología de que disponga;
XI.	La comercialización de productos de fabricación propia a través de redes de comercialización, así como la prestación de servicios vinculados a su consumo o utilización;
XII.	La adquisición, tenencia o participación en la composición accionaria de sociedades con objeto similar, análogo o compatible con su propio objeto, y
XIII.	Las demás actividades necesarias para el cumplimiento de su naturaleza y objeto.
Petróleos Mexicanos puede llevar a cabo las actividades a que se refiere este artículo en el país, en su zona económica exclusiva o en el extranjero.
```

## Resumen corto

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Regla de LEPEPM sobre redes, interconexión e infraestructura: Petróleos Mexicanos, en términos de la legislación aplicable, para el cumplimiento de su objeto puede llevar a cabo las actividades siguientes:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre redes, interconexión e infraestructura. Petróleos Mexicanos, en términos de la legislación aplicable, para el cumplimiento de su objeto puede llevar a cabo las actividades siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 8 LEPEPM, redes, interconexión e infraestructura, artículo 8 ley de la empresa publica del estado, petroleos mexicanos, redes, interconexión, infraestructura

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 8 de LEPEPM.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Ley De Biocombustibles (`LBio`)

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 8 de LEPEPM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre redes, interconexión e infraestructura. Petróleos Mexicanos, en términos de la legislación aplicable, para el cumplimiento de su objeto puede llevar a cabo las actividades siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 8?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lepepm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LEPEPM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LEPEPM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
