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law_title: "Ley Federal De Armas De Fuego Y Explosivos"
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# Ley Federal De Armas De Fuego Y Explosivos - Artículo 25

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO SEGUNDO - Posesión y Portación
- CAPITULO III - Casos, condiciones, requisitos y lugares para la portación de armas

```text
Artículo 25.- Las licencias para la portación de armas son de dos tipos:

I.-	Particulares:

a).-	Individuales, para personas físicas, las cuales deben revalidarse cada año.

b).-	Colectivas, para personas morales, las cuales deben revalidarse cada dos años, y

II.-	Oficiales Colectivas, para las instituciones a que se refiere el artículo 24 de esta Ley, las cuales deben revalidarse cada dos años.

Ambos tipos de licencias son intransferibles.
Artículo reformado DOF 29-05-2025
```

## Resumen corto

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Regla de LFAFE sobre regla aplicable: Las licencias para la portación de armas son de dos tipos:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las licencias para la portación de armas son de dos tipos:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 25 LFAFE, regla aplicable, artículo 25 ley federal de armas de fuego y explosivos

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 25 de LFAFE.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Plazo

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

- 24

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 25 de LFAFE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las licencias para la portación de armas son de dos tipos:

### ¿Para qué sirve artículo 25?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfafe.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFAFE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFAFE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
