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law_title: "Ley Federal De Armas De Fuego Y Explosivos"
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# Ley Federal De Armas De Fuego Y Explosivos - Artículo 37

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO TERCERO - Fabricación, Comercio, Importación, Exportación y Actividades Conexas.
- CAPITULO I - Disposiciones preliminares

```text
Artículo 37.- Es facultad exclusiva de la persona titular de la Presidencia de la República autorizar el establecimiento de fábricas y comercios de armas.

El control y vigilancia de las actividades y operaciones industriales y comerciales que se realicen con armas, municiones, artificios, explosivos y substancias químicas relacionadas, será hecho por la Secretaría.

Los permisos específicos que se requieran en estas actividades serán otorgados por la Secretaría con conocimiento de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y sin perjuicio de las atribuciones que competan a otras autoridades.

Las dependencias oficiales y los organismos públicos federales que realicen estas actividades se sujetarán a las disposiciones legales que las regulen.
Artículo reformado DOF 29-05-2025
```

## Resumen corto

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Regla de LFAFE sobre competencia de autoridades: Es facultad exclusiva de la persona titular de la Presidencia de la República autorizar el establecimiento de fábricas y comercios de armas.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Es facultad exclusiva de la persona titular de la Presidencia de la República autorizar el establecimiento de fábricas y comercios de armas.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 37 LFAFE, competencia de autoridades, artículo 37 ley federal de armas de fuego y explosivos, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LFAFE

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 37 de LFAFE.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 37 de LFAFE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Es facultad exclusiva de la persona titular de la Presidencia de la República autorizar el establecimiento de fábricas y comercios de armas.

### ¿Para qué sirve artículo 37?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfafe.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFAFE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFAFE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
