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law_title: "Ley Federal De Austeridad Republicana"
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# Ley Federal De Austeridad Republicana - Artículo 17

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LA AUSTERIDAD REPUBLICANA DE ESTADO
- Capítulo Único

```text
Artículo 17. La constitución o celebración de fideicomisos o mandatos, queda prohibida en las  siguientes materias:

I.	Salud;

II.	Educación;

III.	Procuración de Justicia;

IV.	Seguridad Social, y

V.	Seguridad Pública.

Lo anterior, no será aplicable cuando dichos fideicomisos o mandatos se encuentren previstos en ley, decreto o tratado internacional.

Para los demás casos, los entes públicos de la Administración Pública Federal sólo podrán constituir fideicomisos o mandatos cuando sean autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en términos de lo previsto en la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Bajo ninguna circunstancia se podrán hacer aportaciones, transferencias, o pagos de cualquier naturaleza utilizando instrumentos que permitan evadir las reglas de disciplina financiera, transparencia y fiscalización del gasto.

Los recursos en numerario, así como los activos, derechos, títulos, certificados o cualquier otro documento análogo que los entes públicos de la Administración Pública Federal aporten o incorporen al patrimonio de fondos o fideicomisos serán públicos y no gozarán de la protección del secreto o reserva fiduciarios para efectos de su fiscalización.
```

## Resumen corto

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Regla de LFAR sobre competencia de autoridades: La constitución o celebración de fideicomisos o mandatos, queda prohibida en las siguientes materias:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La constitución o celebración de fideicomisos o mandatos, queda prohibida en las siguientes materias:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 17 LFAR, competencia de autoridades, artículo 17 ley federal de austeridad republicana, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LFAR, Secretaría, Autorizados, Entes públicos

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 17 de LFAR.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Autorizados
- Entes públicos

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Secretaría | Secretaría de la Función Pública del Poder Ejecutivo Federal | 4 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 17 de LFAR?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La constitución o celebración de fideicomisos o mandatos, queda prohibida en las siguientes materias:

### ¿Para qué sirve artículo 17?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfar.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFAR.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFAR.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
