# Ley Federal De Cine Y El Audiovisual - Artículo 23

Clave: LFCA
Artículo: 23
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-09-01

## Texto vigente

Artículo 23
. Las personas distribuidoras no pueden condicionar o restringir el suministro de obras cinematográficas a quienes exhiban o comercialicen, ni condicionar la adquisición, venta, arrendamiento o cualquier otra forma de explotación, de una u otras obras cinematográficas de la misma distribuidora o licenciataria.
Las personas exhibidoras y comercializadoras, por su parte, no podrán exigir de quienes produzcan y, en su caso, de quienes distribuyan, ninguna dádiva, compensación o numerario, en efectivo o en especie, a cambio de la programación o exhibición de obras cinematográficas.
Las violaciones a lo estipulado en esta disposición serán sancionadas conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Cine Y El Audiovisual, artículo 23.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
