# Ley Federal De Cine Y El Audiovisual - Artículo 24

Clave: LFCA
Artículo: 24
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-09-01

## Texto vigente

Artículo 24
. Para los efectos de
esta Ley
, se entiende por circulación, difusión, exhibición, comercialización y puesta a disposición de las obras cinematográficas y obras audiovisuales, al conjunto de actividades dedicadas a la promoción cultural y, en su caso, explotación comercial, cualquiera que sea el medio que se utilice para ello. Estas acciones pueden o no redituar un beneficio económico, y se realizan bajo cualquiera de las modalidades siguientes:
En pantallas de salas de cine o espacios de exhibición alternativos;
A través de la renta o venta al público en copias o ejemplares para uso doméstico, independientemente del soporte que las contenga;
A través de plataformas digitales de video bajo demanda, cualquiera que sea el dispositivo o medio por el que se hacen accesibles, y todos aquellos medios electrónicos que permitan su carga permanente o temporal, y
Cualquier otra conocida o por conocer.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Cine Y El Audiovisual, artículo 24.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
