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# Ley De Fomento A La Confianza Ciudadana - Artículo 15

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO V - DE LAS SANCIONES

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Artículo 15. La persona que proporcione al Padrón información que no sea fidedigna, será sancionada. Las sanciones previstas en este Capítulo se aplicarán, sin perjuicio de cualquier otra que corresponda, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Asimismo, serán sancionadas, en términos de la presente Ley, las personas beneficiarias que sean denunciadas por incurrir en malas prácticas comerciales o por funcionamiento irregular y que resulten responsables ante las autoridades competentes, mediante  resolución firme.

Sin perjuicio de lo anterior, la Secretaría, por conducto de la Comisión, podrá suspender preventivamente la inscripción en el Padrón de aquellas personas que la autoridad competente requiera someter a visitas domiciliarias o a procedimientos de inspección o verificación a petición de dicha autoridad. Al finalizar el procedimiento de visita domiciliaria, de inspección o verificación y comprobarse que las personas que se sometieron al procedimiento respectivo cumplen con las obligaciones objeto de este último, se restituirá su inscripción en el Padrón.
```

## Resumen corto

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Regla de LFCC_200120 sobre sanciones y cumplimiento: La persona que proporcione al Padrón información que no sea fidedigna, será sancionada.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. La persona que proporcione al Padrón información que no sea fidedigna, será sancionada.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 15 LFCC_200120, sanciones y cumplimiento, artículo 15 ley de fomento a la confianza ciudadana, sanciones, multas, incumplimiento legal, Comisión, Padrón, Secretaría, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 15 de LFCC_200120.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Comisión | La Comisión Nacional de Mejora Regulatoria a que se refiere la Ley General de Mejora Regulatoria, órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía, que estará a cargo, en términos de la presente Ley, de la implementación de políticas y programas en materia administrativa, que generen un entorno de confianza ciudadana para el impulso de la actividad económica, así como de la operación y administración del Padrón Único de Fomento a la Confianza Ciudadana | 3 |
| Padrón | Padrón Único de Fomento a la Confianza Ciudadana | 3 |
| Secretaría | Secretaría de Economía | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 15 de LFCC_200120?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. La persona que proporcione al Padrón información que no sea fidedigna, será sancionada.

### ¿Para qué sirve artículo 15?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfcc.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFCC_200120.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFCC_200120.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
