---
law_key: "LFCE"
law_title: "Ley Federal De Competencia Económica"
article_key: "102"
article_label: "Artículo 102"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-102
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LFCE/articulo/102/"
---

# Ley Federal De Competencia Económica - Artículo 102

<!-- mley:article law="LFCE" article="102" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO TERCERO - DE LOS PROCEDIMIENTOS
- TÍTULO IV - DE LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
- Capítulo IV - De los Procedimientos de Dispensa y Reducción del Importe de Multas

```text
Artículo 102. La resolución a la que se refiere el artículo anterior, podrá decretar:

I.	El otorgamiento del beneficio de la dispensa o reducción del pago de las multas, según corresponda, en términos del artículo 100 de esta Ley, y
Fracción reformada DOF 16-07-2025

II.	Las medidas para restaurar el proceso de libre concurrencia y de competencia económica.

El Pleno podrá modificar los términos y condiciones planteados en el escrito por el que se solicite el beneficio a que hace referencia el artículo 100 de esta Ley, para asegurarse de que se restaure el proceso de competencia y libre concurrencia.
Párrafo adicionado DOF 16-07-2025

Los Agentes Económicos deberán aceptar de conformidad expresamente y por escrito la resolución definitiva, dentro de un plazo de diez días contados a partir de la fecha en que sea notificado.
Párrafo reformado DOF 16-07-2025

En el evento de que el Agente Económico de que se trate no acepte expresamente la resolución, los procedimientos que hayan sido suspendidos serán reanudados.

Los Agentes Económicos sólo podrán acogerse a los beneficios previstos en este artículo, una vez cada cinco años. Este período se computará a partir de la aceptación de la resolución de la Comisión.

La resolución a la que se refiere este artículo, será sin perjuicio de las acciones que pudieran ejercer terceros afectados que reclamen daños y perjuicios derivados de la responsabilidad civil por la realización de la práctica monopólica relativa o concentración ilícita revelada a la Comisión.
Párrafo reformado DOF 16-07-2025
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LFCE sobre sanciones y cumplimiento: La resolución a la que se refiere el artículo anterior, podrá decretar:

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. La resolución a la que se refiere el artículo anterior, podrá decretar:

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 102 LFCE, sanciones y cumplimiento, artículo 102 ley federal de competencia economica, sanciones, multas, incumplimiento legal, Agente Económico, Comisión, Pleno, Comisión u órgano colegiado, Autoridad de competencia económica

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 102 de LFCE.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Derecho o facultad
- Obligación
- Plazo
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Comisión u órgano colegiado
- Autoridad de competencia económica

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Agente Económico | Toda persona física o moral, con o sin fines de lucro, dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal o municipal, asociaciones, cámaras empresariales, agrupaciones de profesionistas, fideicomisos, o cualquier otra forma de participación en la actividad económica | 3 |
| Comisión | La Comisión Nacional Antimonopolio | 3 |
| Pleno | Es el órgano de gobierno de la Comisión Nacional Antimonopolio, mismo que está integrado por cinco personas Comisionadas, incluyendo a la Persona Comisionada Presidente | 3 |

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 100

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 102 de LFCE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. La resolución a la que se refiere el artículo anterior, podrá decretar:

### ¿Para qué sirve artículo 102?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfce.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFCE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFCE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
