# Ley Federal Para El Control De Sustancias Químicas Susceptibles De Desvío Para La Fabricación De Armas Químicas - Artículo 16

Clave: LFCSQ
Artículo: 16
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 16
. La Autoridad Nacional, en la recopilación y uso de documentos y datos de los sujetos obligados, adoptará las medidas necesarias que garanticen su reserva y confidencialidad, de conformidad con las disposiciones aplicables en la materia. Tales documentos y datos relacionados con las Actividades Reguladas, únicamente podrán ser utilizados por la Autoridad Nacional y transmitirse a la OPAQ o a otros Estados Parte de la Convención, siempre que ello sea necesario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Convención o de la
presente Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Para El Control De Sustancias Químicas Susceptibles De Desvío Para La Fabricación De Armas Químicas, artículo 16.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
