# Ley Federal Para El Control De Sustancias Químicas Susceptibles De Desvío Para La Fabricación De Armas Químicas - Artículo 31

Clave: LFCSQ
Artículo: 31
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 31
. Dentro de los cinco días hábiles que sigan al vencimiento de los plazos otorgados al Sujeto Obligado, en los artículos
29
y
30
para aplicar las medidas necesarias para corregir las deficiencias o irregularidades observadas, éste deberá comunicar por escrito y en forma detallada a la Secretaría, haber dado cumplimiento al requerimiento en los términos del mismo o, en su caso, el grado de avance cuando así se justifique.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Para El Control De Sustancias Químicas Susceptibles De Desvío Para La Fabricación De Armas Químicas, artículo 31.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
