# Ley Federal Para El Control De Sustancias Químicas Susceptibles De Desvío Para La Fabricación De Armas Químicas - Artículo 49

Clave: LFCSQ
Artículo: 49
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 49
. Se impondrá pena de quince a cuarenta años de prisión y de cuatrocientos a mil doscientos días multa:
A quien realice transferencias de sustancias químicas del Grupo 1 del Listado Nacional con personas físicas o morales de Estados no Parte de la Convención;
A quien produzca, adquiera, conserve, transfiera o emplee sustancias químicas del Grupo
1
del Listado Nacional, para fines distintos a los previstos en el inciso a) de la fracción I del artículo
7
de la
presente Ley
;
A quien produzca, adquiera, conserve, transfiera o emplee sustancias químicas del Grupo 1 del Listado Nacional, sin la autorización correspondiente o en cantidades superiores a las autorizadas;
A quien produzca sustancias químicas del Grupo 1 del Listado Nacional, en instalaciones distintas a la Instalación Única en Pequeña Escala y a las instalaciones alternas autorizadas por la Autoridad Nacional;
A quien produzca sustancias químicas del Grupo
1
del Listado Nacional, en instalaciones alternas autorizadas por la Autoridad Nacional, para fines distintos a los permitidos en los incisos a), b) y c) del artículo
7
fracción IV de la
presente Ley
;
A quien produzca sustancias químicas del Grupo
1
del Listado Nacional, en instalaciones alternas autorizadas por la Autoridad Nacional, en cantidades superiores a las permitidas en los incisos a), b) y c) del artículo
7
fracción IV de la
presente Ley
, o
A quien ordene o solicite el diseño, construcción, equipamiento, financiamiento u oculte instalaciones destinadas a la realización de Actividades Reguladas con propósitos de Desvío.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Para El Control De Sustancias Químicas Susceptibles De Desvío Para La Fabricación De Armas Químicas, artículo 49.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
