# Ley Federal Para El Control De Sustancias Químicas Susceptibles De Desvío Para La Fabricación De Armas Químicas - Artículo 73

Clave: LFCSQ
Artículo: 73
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 73
. La resolución del recurso se fundará en derecho y examinará todos y cada uno de los agravios hechos valer por el recurrente, teniendo la Secretaría la facultad de invocar hechos notorios; pero cuando uno de los agravios sea suficiente para desvirtuar la validez del acto impugnado bastará con el examen de dicho punto.
No se podrán revocar o modificar los actos administrativos en la parte no impugnada por el recurrente.
La resolución deberá expresar con claridad los actos que se revocan, modifican o confirman.
En contra de la resolución al recurso de reconsideración no procederá medio de impugnación alguno.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Para El Control De Sustancias Químicas Susceptibles De Desvío Para La Fabricación De Armas Químicas, artículo 73.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
