# Ley Federal De Derechos - Artículo 19-a

Clave: LFD
Artículo: 19-a
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 19-a
.- Por los servicios de publicaciones que se presten en el Diario Oficial de la Federación , se pagará el derecho de publicaciones por octavo de plana, conforme a la cuota de $2,843.11
Párrafo reformado DOF
Los ingresos que se obtengan por el derecho de publicaciones a que se refiere este artículo, se destinarán al Diario Oficial de la Federación .
Párrafo adicionado DOF
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 19-a.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
