# Ley Federal De Derechos - Artículo 19

Clave: LFD
Artículo: 19
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 19
.- Por la expedición de certificados de licitud de título y contenido de publicaciones y revistas y el duplicado de los mismos, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
I
- Certificado de licitud de título $4,509.58
II
- Certificado de licitud de contenido $5,637.19
III
- Duplicado de certificado de licitud de título $2,254.50
IV
- Duplicado de licitud de contenido $2,818.13
V
- Registro de cambio de editor responsable $4,016.29
Fracción adicionada DOF
VI
(Se deroga).
Fracción adicionada DOF
. Derogada DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 19.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
