# Ley Federal De Derechos - Artículo 194-g

Clave: LFD
Artículo: 194-g
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 194-g
.- Por los estudios de flora y fauna silvestre, incluyendo su planificación, manejo y dictamen de impacto ambiental, se pagará el derecho de flora y fauna, por hectárea, conforme a las siguientes cuotas:
Distrito Federal, México, Morelos, Puebla, Tlaxcala, Hidalgo y Querétaro $30.67
Jalisco, Michoacán, Aguascalientes, Guanajuato, Nuevo León, San Luis Potosí y Zacatecas $41.38
Baja California, Baja California Sur, Colima, Chihuahua, Durango, Coahuila, Sonora, Nayarit, Tamaulipas, Veracruz, Tabasco, Guerrero, Oaxaca, Chiapas, Campeche, Yucatán, Quintana Roo y Sinaloa $51.65
Por supervisión anual, por hectárea $15.15
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 194-g.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
