# Ley Federal De Derechos - Artículo 194-t

Clave: LFD
Artículo: 194-t
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 194-t
.- Por la evaluación de cada solicitud y, en su caso, autorización de las siguientes actividades en materia de residuos peligrosos, se pagará el derecho de prevención y control de la contaminación, conforme a las siguientes cuotas:
Operación de unidades para la recolección y transporte de residuos peligrosos $6,137.82
Instalación y operación de centros de acopio y almacenamiento de residuos peligrosos $6,134.51
Fracción reformada DOF
,
Instalación y operación de sistemas de reciclaje o coprocesamiento de residuos peligrosos $3,872.69
Fracción reformada DOF
,
Instalación y operación de sistemas de reutilización de residuos peligrosos $3,872.69
Fracción reformada DOF
,
,
Instalación y operación de sistemas de tratamiento de residuos peligrosos $10,111.10
Instalación y operación de sistemas de incineración de residuos peligrosos $81,499.65
Instalación y operación de sistemas para el confinamiento o disposición final de residuos peligrosos $134,197.72
Fracción reformada DOF
Prestación de servicios de manejo de residuos peligrosos $9,590.09
Fracción adicionada DOF
. Reformada DOF
,
Por las solicitudes de transferencia, modificación o prórroga de la autorización otorgada, se pagará el 50% de la cuota establecida en el presente artículo.
Párrafo adicionado DOF
VIII
os microgeneradores organizados que presenten las solicitudes a que se refiere la fracción I del presente artículo pagarán el 50% de la cuota establecida en este artículo.
Párrafo adicionado DOF
. Reformado DOF
Artículo adicionado DOF
. Reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 194-t.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
