# Ley Federal De Derechos - Artículo 195-e

Clave: LFD
Artículo: 195-e
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 195-e
.- Por la expedición de los certificados y dictámenes de los productos, servicios, uso y consumo de agua potable e industrial, se pagará por cada solicitud de certificado el derecho de certificados sanitarios, conforme a las siguientes cuotas:
Párrafo reformado DOF
I
- Libre venta para exportación de insumos para la salud $2,965.09
Fracción reformada DOF
,
,
II
- (Se deroga).
Fracción reformada DOF
. Derogada DOF
III
- De transportes, de riesgo alto o medio, directo o indirecto, para la salud humana $3,273.44
IV
- De transportes de riesgo bajo, directo o indirecto, para la salud humana $1,636.34
Sobre sistemas de abastecimiento de agua privados, para determinar la condición sanitaria de las instalaciones hidráulicas $8,697.62
Fracción reformada DOF
,
VI
- Sobre la calidad sanitaria fisicoquímica y bacteriológica del agua de uso y consumo humano $4,091.88
VII
- Sobre las condiciones sanitarias de las plantas, equipos e instalaciones de tratamiento de agua de uso y consumo humano o industrial, que utilicen como fuente de abastecimiento los pozos de carácter privado $12,276.95
VIII
- Equipos e instalaciones para el proceso del agua para uso y consumo humano e industrial $8,184.51
IX
- (Se deroga).
Fracción reformada DOF
. Derogada DOF
Por cada certificado de buenas prácticas de fabricación o de manufactura de insumos para la salud $2,783.80
Fracción reformada DOF
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 195-e.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
