# Ley Federal De Derechos - Artículo 195-l-4

Clave: LFD
Artículo: 195-l-4
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 195-l-4
.- Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos a que se refiere el presente Capítulo, se destinarán a la Secretaría de Salud, para el mantenimiento, conservación y operación de los servicios en materia de riesgo sanitario.
Artículo adicionado DOF
. Reformado DOF
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 195-l-4.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
