# Ley Federal De Derechos - Artículo 195-z-11 bis

Clave: LFD
Artículo: 195-z-11-bis
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 195-z-11 bis
. Por los servicios relacionados con el cumplimiento del Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias, por cada instalación portuaria, se pagarán las siguientes cuotas:
Por la expedición, reposición o renovación de la declaración de cumplimiento $5,214.21
Por la evaluación de protección $36,654.64
Por la revisión y, en su caso, aprobación del plan de protección $13,727.87
Por la verificación inicial o anual de la implantación del plan de protección $27,048.34
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 195-z-11-bis.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
