# Ley Federal De Derechos - Artículo 197

Clave: LFD
Artículo: 197
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 197
.- El derecho sobre bosques se pagará previamente al aprovechamiento de bosques, en las oficinas que al efecto autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 197.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
