# Ley Federal De Derechos - Artículo 29-j

Clave: LFD
Artículo: 29-j
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 29-j
.- Los ingresos que se obtengan por el pago de derechos por los servicios a los que se refieren los artículos
29
,
29-a
,
29-b
,
29-c
,
29-d
,
29-e
,
29-f
,
29-g
y
29-h
de este Capítulo, se destinarán a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Artículo adicionado DOF
. Reformado DOF
,
,
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 29-j.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
