# Ley Federal De Derechos - Artículo 30-a

Clave: LFD
Artículo: 30-a
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 30-a
.- Por el servicio de autorización de agentes de seguros que proporciona la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, se pagarán derechos de autorización conforme a las siguientes cuotas:
I
- Por la autorización provisional proporcionada a agentes de seguros personas físicas $3,090.67
II
- Por la autorización definitiva a agentes de seguros personas físicas para actuar por cuenta propia con vigencia de tres años $4,860.83
Fracción reformada DOF
Por el refrendo trianual de las autorizaciones definitivas a agentes personas físicas $2,543.16
Fracción reformada DOF
IV
- Por la autorización a agentes de seguros personas morales $15,455.73
V
- Por la autorización para ejercer la actividad de apoderado de un agente de seguros persona moral para intervenir en el asesoramiento y contratación de seguros $4,860.83
Fracción reformada DOF
VI
- Por el refrendo trianual de la autorización a que se refiere la fracción anterior $2,543.16
Fracción reformada DOF
,
Por la autorización para ejercer la actividad de agente mandatario de instituciones de seguros $238.43
Fracción adicionada DOF
Por la presentación del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de seguros persona física o apoderado de agente de seguros persona moral $1,110.17
Fracción adicionada DOF
. Reformada DOF
Por la presentación de una sola prueba del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de seguros persona física o apoderado de agente de seguros persona moral $573.43
Fracción adicionada DOF
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 30-a.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
