# Ley Federal De Derechos - Artículo 31-a

Clave: LFD
Artículo: 31-a
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 31-a
.- Por el servicio de autorización que proporciona la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas respecto de agentes de fianzas, se pagarán derechos de autorización conforme a las siguientes cuotas:
I
- Por la autorización definitiva a agentes de fianzas personas físicas para actuar por cuenta propia con vigencia de tres años $4,860.83
Fracción reformada DOF
Por el refrendo trianual de las autorizaciones definitivas a agentes personas físicas $2,543.16
Fracción reformada DOF
III
- Por la autorización a agentes de fianzas personas morales $15,454.23
Fracción reformada DOF
IV
- Por la autorización para ejercer la actividad de apoderado de un agente de fianzas persona moral para intervenir en el asesoramiento y contratación de fianzas $4,860.83
Fracción reformada DOF
Por el refrendo trianual de la autorización a que se refiere la fracción anterior $2,543.16
Fracción reformada DOF
VI
- Por la autorización provisional proporcionada a agentes de fianzas personas físicas. $3,092.74
Fracción adicionada DOF
Por la autorización para ejercer la actividad de agente mandatario de instituciones de fianzas $238.43
Fracción adicionada DOF
Por la presentación del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de fianzas persona física o apoderado de agente de fianzas persona moral $1,110.17
Fracción adicionada DOF
. Reformada DOF
Por la presentación de una sola prueba del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de fianzas persona física o apoderado de agente de fianzas persona moral $573.43
Fracción adicionada DOF
Artículo reformado DOF
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 31-a.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
