# Ley Federal De Derechos - Artículo 73-b

Clave: LFD
Artículo: 73-b
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 73-b
.- Cuando para la prestación de los servicios a que se refiere esta Sección, se requiera el traslado de personal o equipo fuera de la oficina en que se encuentre el mismo, el derecho de normas se incrementará en la cantidad equivalente a los gastos que implique el traslado de personal y equipo. Los gastos extraordinarios y de pasaje se comprobarán con los documentos en que conste la erogación, de los cuales se le entregará una copia al contribuyente; asimismo se incrementarán con los viáticos que conforme a reglas de carácter general expida la autoridad competente.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 73-b.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
