# Ley Federal De Derechos - Artículo 78

Clave: LFD
Artículo: 78
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 78
. Por los servicios en materia de acreditación de prestador de servicio de certificación para la emisión de certificados digitales, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
Por el trámite y estudio de la solicitud para acreditación como prestador del servicio de certificación para la emisión de certificados digitales $75,052.42
Por la acreditación como prestador del servicio de certificación para la emisión de certificados digitales $359,642.26
Por el cese voluntario como prestador del servicio de certificación para la emisión de certificados digitales $263,625.77
(Se deroga).
Fracción derogada DOF
Por el trámite y estudio de la solicitud para la acreditación como prestador de servicios de certificación para la prestación de servicios de conservación de mensajes de datos, sellado digital de tiempo, digitalización de documentos impresos de certificados digitales u otros servicios adicionales relacionados con la firma electrónica $37,726.99
Fracción reformada DOF
Por la acreditación como prestador de servicios de certificación para la prestación de servicios de conservación de mensajes de datos, sellado digital de tiempo, digitalización de documentos impresos de certificados digitales u otros servicios adicionales relacionados con la firma electrónica $231,641.70
Fracción reformada DOF
Artículo derogado DOF
. Adicionado DOF
. Reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Derechos, artículo 78.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
