# Ley Federal Del Derecho De Autor - Artículo 114 sexies

Clave: LFDA
Artículo: 114 sexies
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 114 sexies
.- No constituyen violaciones a la información sobre la gestión de derechos, la suspensión, alteración, modificación u omisión de dicha información, cuando sean realizadas en el desempeño de sus funciones por personas legalmente autorizadas en términos de la legislación aplicable, para los efectos del cumplimiento de la Ley y de salvaguardar la seguridad nacional.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Derecho De Autor, artículo 114 sexies.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
