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law_title: "Ley Federal De Defensoría Pública"
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# Ley Federal De Defensoría Pública - Artículo 33

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DEL INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA
- CAPÍTULO IV - De las Unidades Administrativas

```text
Artículo 33. Las personas titulares de las Unidades Administrativas deberán reunir para su designación, los siguientes requisitos:
Párrafo reformado DOF 11-05-2022

I. 	Contar con la ciudadanía mexicana y estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
Fracción reformada DOF 11-05-2022

II.	Ser mayor de treinta años de edad, el día de su nombramiento;

III.	Tener título profesional legalmente expedido y registrado y experiencia en la materia, de acuerdo con las funciones que deba desempeñar, cuando menos con cinco años de antigüedad, y

IV. 	Gozar de buena reputación, prestigio profesional y no contar con condena por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año o cualquier otro delito que dañe la buena fama de la persona, cualquiera que haya sido la pena.
Fracción reformada DOF 11-05-2022
```

## Resumen corto

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Regla de LFDefP sobre sanciones y cumplimiento: Las personas titulares de las Unidades Administrativas deberán reunir para su designación, los siguientes requisitos:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Las personas titulares de las Unidades Administrativas deberán reunir para su designación, los siguientes requisitos:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 33 LFDefP, sanciones y cumplimiento, artículo 33 ley federal de defensoria publica, sanciones, multas, incumplimiento legal

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 33 de LFDefP.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Plazo
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 33 de LFDefP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Las personas titulares de las Unidades Administrativas deberán reunir para su designación, los siguientes requisitos:

### ¿Para qué sirve artículo 33?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfdefp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFDefP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFDefP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
