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law_title: "Ley Federal De Fomento A Las Actividades Realizadas Por Organizaciones De La Sociedad Civil"
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# Ley Federal De Fomento A Las Actividades Realizadas Por Organizaciones De La Sociedad Civil - Artículo 2

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO PRIMERO - Disposiciones Generales

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Artículo 2. Para efectos de esta ley, se entenderá por:

a) Autobeneficio: bien, utilidad o provecho que obtengan los miembros de una organización de la sociedad o sus familiares hasta cuarto grado civil, mediante la utilización de los apoyos y estímulos públicos que le hayan sido otorgados para el cumplimiento de los fines de la organización;

b) Beneficio mutuo: bien, utilidad o provecho provenientes de apoyos y estímulos públicos que reciban, de manera conjunta, los miembros de una o varias organizaciones y los funcionarios públicos responsables y que deriven de la existencia o actividad de la misma;

c) Comisión: la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil;

d) Consejo: el Consejo Técnico Consultivo;

e) Dependencias: unidades de la Administración Pública Federal Centralizada;

f) Entidades: los organismos, empresas y fideicomisos de la Administración Pública Federal Paraestatal;

g) Organizaciones: las personas morales a que se refiere el artículo 3 de esta ley;

h) Redes: agrupaciones de organizaciones que se apoyan entre sí, prestan servicios de apoyo a otras para el cumplimiento de su objeto social y fomentan la creación y asociación de organizaciones, y

i) Registro: el Registro Federal de Organizaciones en el que se inscriban las organizaciones de la sociedad civil que sean objeto de fomento.
```

## Resumen corto

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Regla de LFFAOSC sobre competencia de autoridades: Para efectos de esta ley, se entenderá por:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Para efectos de esta ley, se entenderá por:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 2 LFFAOSC, competencia de autoridades, artículo 2 ley federal de fomento a las actividades realizadas por organizaciones de la sociedad civil, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LFFAOSC, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 2 de LFFAOSC.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Definición
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

- 3

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 2 de LFFAOSC?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Para efectos de esta ley, se entenderá por:

### ¿Para qué sirve artículo 2?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lffaosc.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFFAOSC.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFFAOSC.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
