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law_title: "Ley Federal Para El Fomento Y Protección Del Maíz Nativo"
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# Ley Federal Para El Fomento Y Protección Del Maíz Nativo - Artículo 1

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO PRIMERO - Disposiciones Generales
- Capítulo Único - Generalidades

```text
Artículo 1. La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia en toda la República.

El objeto de esta Ley es:

I.	Declarar a las actividades de producción, comercialización y consumo del Maíz Nativo y en Diversificación Constante, como manifestación cultural de conformidad con el artículo 3 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales;

II.	Declarar a la protección del Maíz Nativo y en Diversificación Constante en todo lo relativo a su producción, comercialización y consumo, como una obligación del Estado para garantizar el derecho humano a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, establecido en el tercer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y

III.	Establecer mecanismos institucionales para la protección y fomento del Maíz Nativo y en Diversificación Constante.
```

## Resumen corto

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Regla de LFFPMN_130420 sobre regla aplicable: La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia en toda la República.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia en toda la República.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 1 LFFPMN_130420, regla aplicable, artículo 1 ley federal para el fomento y proteccion del maiz nativo, Diversificación Constante, Maíz Nativo

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 1 de LFFPMN_130420.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Diversificación Constante | Proceso evolutivo de domesticación continua mediante técnicas de agricultura nativa, que por milenios ha permitido una diversidad genética con variantes en tamaño, textura, color de mazorca y de grano con capacidad de adaptabilidad a condiciones climáticas amplias y versatilidad en usos | 2 |
| Maíz Nativo | Razas de la categoría taxonómica Zea mays subespecie mays que los pueblos indígenas, campesinos y agricultores han cultivado y cultivan, a partir de semillas seleccionadas por sí mismos u obtenidas a través de intercambio, en evolución y Diversificación Constante, que sean identificadas por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

- 3

## Leyes que cita este artículo

- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos (`CPEUM`)
- Ley General De Cultura Y Derechos Culturales (`LGCDC`)

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 1 de LFFPMN_130420?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia en toda la República.

### ¿Para qué sirve artículo 1?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lffpmn.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFFPMN_130420.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFFPMN_130420.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
