# Ley Federal Para El Fomento Y Protección Del Maíz Nativo - Artículo quinto

Clave: LFFPMN_130420
Artículo: quinto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
quinto.
. El Congreso de la Unión, en un plazo que no exceda de trescientos sesenta y cinco días naturales posteriores a la publicación del presente Decreto, deberá publicar las reformas legales que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto de
esta Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Para El Fomento Y Protección Del Maíz Nativo, artículo quinto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
