# Ley Federal Para El Fomento Y Protección Del Maíz Nativo - Artículo segundo

Clave: LFFPMN_130420
Artículo: segundo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
segundo.
. El Ejecutivo Federal tendrá un término de noventa días naturales posteriores a la entrada en vigor de
esta Ley
, para emitir las disposiciones administrativas de carácter general necesarias para la integración y operatividad del CONAM.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Para El Fomento Y Protección Del Maíz Nativo, artículo segundo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
