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law_title: "Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar"
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# Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar - Artículo 54

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - De los Sectores y Proyectos para el Desarrollo con Bienestar
- CAPÍTULO II - De los Proyectos para el Desarrollo con Bienestar
- Sección Cuarta - Del Análisis de Proyectos para el Desarrollo con Bienestar

```text
Artículo 54. La Presidencia del Consejo deberá presentar ante el mismo, las siguientes solicitudes, según la fuente de recursos de los Proyectos para el desarrollo con bienestar:
I.	Las presentadas por las Dependencias o Entidades federales, estatales o municipales, que cuenten con recursos plurianuales para su ejecución;
II.	Las presentadas por la Dependencias o Entidades del sector público federal, estatal o municipal, que cuenten con recursos que hayan sido otorgados por el Fondo o Fideicomisos Públicos cuyo objeto sea el apoyo a la infraestructura o que cuenten con otros recursos públicos no presupuestarios, y
III.	Los presentados por la Dependencias o Entidades del sector público federal, estatal o municipal que cuenten con recursos del sector privado o requieran de financiamiento de dicho sector para su consecución.
En los supuestos en que se consideren recursos plurianuales o no presupuestarios, la presentación de solicitudes se realizará sin perjuicio de las autorizaciones que, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables en materia presupuestaria, financiera o de endeudamiento, correspondan a la Secretaría y demás autoridades competentes.
```

## Resumen corto

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Regla de LFIIEDB sobre concesiones y uso de recursos públicos: La Presidencia del Consejo deberá presentar ante el mismo, las siguientes solicitudes, según la fuente de recursos de los Proyectos para el desarrollo con bienestar:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. La Presidencia del Consejo deberá presentar ante el mismo, las siguientes solicitudes, según la fuente de recursos de los Proyectos para el desarrollo con bienestar:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Palabras clave

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artículo 54 LFIIEDB, concesiones y uso de recursos públicos, artículo 54 ley para el fomento de la inversion en infraestructura estrategica para el desarrollo con bienestar, concesiones, autorizaciones, uso de bienes públicos, Apoyo, Consejo, Dependencias, Entidades, Proyectos para el desarrollo con bienestar, Secretaría

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 54 de LFIIEDB.
- Trámite: revisar requisitos, condiciones o límites de concesiones y autorizaciones.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Requisito

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Apoyo | Son aquellas acciones de fomento a la inversión a que se refiere el artículo 60 de la presente Ley otorgados conforme a lo establecido en la misma | 4 |
| Consejo | Al Consejo de Planeación Estratégica para la Inversión en Infraestructura, al que se refiere el artículo 66 de esta Ley | 4 |
| Dependencias | A las Secretarías de Estado de la Administración Pública Federal, incluyendo a sus respectivos órganos administrativos desconcentrados | 4 |
| Entidades | Las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal | 4 |
| Proyectos para el desarrollo con bienestar | Los proyectos de Infraestructura estratégica, prestación de servicios o adquisición de bienes y equipo, alineados con planes o programas de desarrollo económico, en beneficio de la Nación y para el bienestar del pueblo de México, sometidos a consideración del Consejo, a efecto de que dicho órgano colegiado determine su elegibilidad | 4 |
| Secretaría | La Secretaría de Hacienda y Crédito Público | 4 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: un concesionario o solicitante revisa este artículo antes de presentar una solicitud o modificar condiciones de operación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para preparar una solicitud, revisar requisitos, responder una prevención o justificar el cumplimiento de condiciones.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 54 de LFIIEDB?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. La Presidencia del Consejo deberá presentar ante el mismo, las siguientes solicitudes, según la fuente de recursos de los Proyectos para el desarrollo con bienestar:

### ¿Para qué sirve artículo 54?

Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfiiedb.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFIIEDB.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFIIEDB.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
