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law_title: "Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar"
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# Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar - Artículo 67

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - De la Organización e Integración del Consejo de Planeación Estratégica para la Inversión en Infraestructura
- CAPÍTULO I - De la Organización y Funcionamiento del Consejo

```text
Artículo 67. El Consejo, estará integrado por las personas titulares de:
I.	El Ejecutivo Federal, quien lo presidirá;
II.	La Secretaría, quien fungirá como suplente de la persona titular de la presidencia;
III.	La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
IV.	La Secretaría de la Defensa Nacional;
V.	La Secretaría de Marina;
VI.	La Secretaría de Energía;
VII.	La Secretaría de Economía;
VIII.	La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes;
IX.	La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno;
X.	La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal;
XI.	La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y
XII.	El Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.
Tendrán el carácter de invitados permanentes, con voz, pero sin voto en las sesiones del Consejo, las personas titulares de:
I.	La Secretaría de Bienestar;
II.	La Secretaría de Turismo;
III.	La Comisión Nacional del Agua;
IV.	El Fondo Nacional de Fomento al Turismo;
V.	Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos;
VI.	La Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones;
VII.	La Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación;
VIII.	Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, y
IX.	La Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado.
Los miembros propietarios señalados en las fracciones II a la XII del primer párrafo, así como los invitados permanentes, podrán designar su respectivo suplente, el cual deberá tener cuando menos, el nivel jerárquico inmediato inferior al del miembro propietario.
```

## Resumen corto

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Regla de LFIIEDB sobre competencia de autoridades: El Consejo, estará integrado por las personas titulares de:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El Consejo, estará integrado por las personas titulares de:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 67 LFIIEDB, competencia de autoridades, artículo 67 ley para el fomento de la inversion en infraestructura estrategica para el desarrollo con bienestar, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LFIIEDB, Consejo, Secretaría, Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, Comisión u órgano colegiado, Agencia o entidad pública

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 67 de LFIIEDB.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones
- Comisión u órgano colegiado
- Agencia o entidad pública

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Consejo | Al Consejo de Planeación Estratégica para la Inversión en Infraestructura, al que se refiere el artículo 66 de esta Ley | 4 |
| Secretaría | La Secretaría de Hacienda y Crédito Público | 4 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 67 de LFIIEDB?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El Consejo, estará integrado por las personas titulares de:

### ¿Para qué sirve artículo 67?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfiiedb.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFIIEDB.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFIIEDB.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
