# Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar - Transitorio 2

Clave: LFIIEDB
Artículo: transitorio-2
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-10-12

## Texto vigente

Artículo 2 .- ...
I. a XXIV. ...
XXIV Bis. Gasto corriente estructural: el monto correspondiente al gasto neto total, excluyendo los gastos por concepto de costo financiero, participaciones a las entidades federativas, a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, adeudos de ejercicios fiscales anteriores, combustibles utilizados para la generación de electricidad, pago de pensiones y jubilaciones del sector público, los programas sociales universales establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , los servicios personales correspondientes a las funciones de gasto de Educación, Salud y Seguridad Pública, y la inversión física y financiera directa de la Administración Pública Federal;
XXV. a XXXIX. ...
XXXIX Bis. Proyectos para el desarrollo con bienestar: los proyectos de infraestructura estratégica, prestación de servicios o adquisición de bienes o equipo a que se refiere la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar ;
XL. a LVII. ...
...

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar, artículo transitorio-2.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
