# Ley Federal Del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos - Artículo 7o

Clave: LFISAN
Artículo: 7o
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 7o
.- Para los efectos de
esta Ley
se considera importación la que tenga el carácter de definitiva en los términos de la legislación aduanera, salvo en los casos en que ya se hubiera pagado el impuesto establecido en
esta Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, artículo 7o.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
