# Ley Federal Del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos - Artículo 8o

Clave: LFISAN
Artículo: 8o
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 8o
.- No se pagará el impuesto establecido en
esta Ley
, en los siguientes casos:
I
- En la exportación de automóviles con carácter definitivo, en los términos de la legislación aduanera.
En la enajenación al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos, cuyo precio de enajenación, incluyendo materiales o equipo opcional, especial, común o de lujo, sin disminuir el monto de descuentos, rebajas o bonificaciones no exceda de la cantidad de $356,934.05 . En el precio mencionado no se considerará el impuesto al valor agregado.
Párrafo reformado DOF
,
Cantidad del párrafo actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 27-12-2006, 07-11-2007, 09-01-2008, 02-07-2008, 26-12-2008, 17-08-2009, 28-12-2009, 09-12-2010, 31-12-2010, 15-07-2011, 05-01-2012, 03-01-2013, 09-01-2014, 13-01-2015, 13-01-2016, 12-01-2017, 19-01-2018, 26-12-2018, 06-05-2019, 14-01-2020, 19-01-2021, 28-12-2021, 27-12-2022, 29-12-2023, 30-12-2024, 28-12-2025
Tratándose de automóviles cuyo precio de enajenación se encuentre comprendido entre $356,934.06 y hasta $452,116.48 , la exención será del cincuenta por ciento del pago del impuesto que establece
esta Ley
. Lo dispuesto en este párrafo y en el anterior, también se aplicará a la importación de automóviles.
Párrafo reformado DOF
,
Cantidad del párrafo actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 27-12-2006, 07-11-2007, 09-01-2008, 02-07-2008, 26-12-2008, 17-08-2009, 28-12-2009, 09-12-2010, 31-12-2010, 15-07-2011, 05-01-2012, 03-01-2013, 09-01-2014, 13-01-2015, 13-01-2016, 12-01-2017, 19-01-2018, 26-12-2018, 06-05-2019, 14-01-2020, 19-01-2021, 28-12-2021 , 27-12-2022, 29-12-2023, 30-12-2024, 28-12-2025
El precio a que se refiere el párrafo anterior, se actualizará en el mes de enero de cada año, aplicando el factor correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año hasta el mes de diciembre inmediato anterior a aquel por el cual se efectúa la actualización, mismo que se obtendrá de conformidad con el articulo
17-a
del
Código Fiscal de la Federación
. La
publicará el factor de actualización en el
dentro de los tres primeros días de enero de cada año.
III
- En la importación de vehículos en franquicia, de conformidad con el artículo
62
, fracción I, de la
Ley Aduanera
, o con los tratados o acuerdos internacionales suscritos por México, siempre que se cumpla con los requisitos y condiciones que señale la
mediante reglas de carácter general.
Fracción adicionada DOF
En la enajenación o importación definitiva de automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de automóviles eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno.
Fracción adicionada DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, artículo 8o.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
