# Ley Federal De Procedimiento Contencioso Administrativo - Artículo 58-24

Clave: LFPCA
Artículo: 58-24
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 58-24
. En el juicio de resolución exclusiva de fondo, serán admisibles únicamente las pruebas que hubieren sido ofrecidas y exhibidas, en:
El procedimiento de comprobación del que derive el acto impugnado;
El procedimiento de Acuerdos Conclusivos regulado en el
Código Fiscal de la Federación
, o
El recurso administrativo correspondiente.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Procedimiento Contencioso Administrativo, artículo 58-24.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
