# Ley Federal De Procedimiento Contencioso Administrativo - Artículo 58-4

Clave: LFPCA
Artículo: 58-4
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 58-4
. Una vez admitida la demanda, se correrá traslado al demandado para que la conteste dentro del término de quince días y emplazará, en su caso, al tercero, para que en igual término, se apersone en juicio.
En el mismo auto en que se admita la demanda, se fijará día para cierre de la instrucción. Dicha fecha no excederá de los sesenta días siguientes al de emisión de dicho auto.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Procedimiento Contencioso Administrativo, artículo 58-4.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
