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# Ley Federal De Procedimiento Contencioso Administrativo - Artículo 62

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO III - De los Recursos
- CAPÍTULO I - De la Reclamación

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ARTÍCULO 62. Las resoluciones que concedan, nieguen, modifiquen o revoquen cualquiera de las medidas cautelares previstas en esta Ley, podrán ser impugnadas mediante la interposición del recurso de reclamación ante la Sala Regional que corresponda.

El recurso se promoverá dentro de los cinco días siguientes a aquél en que surta sus efectos la notificación respectiva. Interpuesto el recurso en la forma y términos señalados, el Magistrado ordenará correr traslado a las demás partes, por igual plazo, para que expresen lo que a su derecho convenga. Una vez transcurrido dicho término y sin más trámite, dará cuenta a la Sala Regional, para que en un plazo de cinco días, revoque o modifique la resolución impugnada y, en su caso, conceda o niegue la suspensión solicitada, o para que confirme lo resuelto, lo que producirá sus efectos en forma directa e inmediata. La sola interposición suspende la ejecución del acto impugnado hasta que se resuelva el recurso.

La Sala Regional podrá modificar o revocar su resolución cuando ocurra un hecho superveniente que lo justifique.

El Pleno del Tribunal podrá ejercer de oficio la facultad de atracción para la resolución de los recursos de reclamación a que se refiere el presente artículo, en casos de trascendencia que así considere o para fijar jurisprudencia.
Artículo reformado DOF 10-12-2010
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## Resumen corto

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Regla de LFPCA sobre sanciones y cumplimiento: Las resoluciones que concedan, nieguen, modifiquen o revoquen cualquiera de las medidas cautelares previstas en esta Ley, podrán ser impugnadas mediante la interposición...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Las resoluciones que concedan, nieguen, modifiquen o revoquen cualquiera de las medidas cautelares previstas en esta Ley, podrán ser impugnadas mediante la interposición del recurso de reclamación ante la Sala Regional que corresponda.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 62 LFPCA, sanciones y cumplimiento, artículo 62 ley federal de procedimiento contencioso administrativo, sanciones, multas, incumplimiento legal, Tribunal

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 62 de LFPCA.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Plazo
- Sanción
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Tribunal | Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa | 1-a |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 62 de LFPCA?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Las resoluciones que concedan, nieguen, modifiquen o revoquen cualquiera de las medidas cautelares previstas en esta Ley, podrán ser impugnadas mediante la interposición del recurso de reclamación ante la Sala Regional que corresponda.

### ¿Para qué sirve artículo 62?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpca.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPCA.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPCA.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
