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law_title: "Ley Federal De Producción, Certificación Y Comercio De Semillas"
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# Ley Federal De Producción, Certificación Y Comercio De Semillas - Artículo 22

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO V - DE LOS CATÁLOGOS

```text
Artículo 22.- La inscripción en el Catálogo Nacional de Variedades Vegetales se establece con fines de identificación varietal. Procede la inscripción de una variedad vegetal cuando:

I. Posea una denominación propia y características que permitan su clara identificación y se ajuste a las Normas Oficiales Mexicanas emitidas por la Secretaría; en el caso de variedades de procedencia extranjera, éstas deberán mantener su denominación original;

II. Se encuentre descrita conforme a las Guías que emita la Secretaría; y

III. Se pueda técnicamente distinguir con claridad uno o varios caracteres pertinentes de cualquier otra variedad conocida.

La verificación del cumplimiento de estos requisitos estará a cargo de la Secretaría a través del SNICS.
```

## Resumen corto

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Regla de LFPCCS_110518 sobre competencia de autoridades: La inscripción en el Catálogo Nacional de Variedades Vegetales se establece con fines de identificación varietal.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La inscripción en el Catálogo Nacional de Variedades Vegetales se establece con fines de identificación varietal.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 22 LFPCCS_110518, competencia de autoridades, artículo 22 ley federal de produccion, certificacion y comercio de semillas, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LFPCCS_110518

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 22 de LFPCCS_110518.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 22 de LFPCCS_110518?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La inscripción en el Catálogo Nacional de Variedades Vegetales se establece con fines de identificación varietal.

### ¿Para qué sirve artículo 22?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpccs.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPCCS_110518.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPCCS_110518.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
